- Importe de la subvención: 70% de la cuota para familias perceptoras de RGI y AES, 30% de la cuota para familias numerosas y monoparentales por cada hijo/a y 30% de la cuota del/la segundo/a hijo/a inscrito/a.
- Las solicitudes se deben presentar antes del 27 de abril (inclusive) en el SAC (Servicio de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento) o en www.elgoibar.eus.
El Ayuntamiento ha abierto la convocatoria para la concesión de subvenciones a familias numerosas y monoparentales, a familias que inscriben a su segunda hija o hijo, o a familias perceptoras de las siguientes subvenciones: Renta de Garantía de Ingresos o Ayudas de Emergencia social; con el fin de que las o los menores a su cargo, puedan participar en la oferta pública de ocio (vacaciones de primavera, verano o invierno) destinada a niñas y niños. En 2022 se aprobaron 103 solicitudes.
Las solicitudes se deben presentar antes del 27 de abril (inclusive) en el SAC (Servicio de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento) o en www.elgoibar.eus.
Requisitos a cumplir por la persona solicitante de la subvención:
- Estar empadronado/a en el municipio de Elgoibar como mínimo los seis meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de solicitud.
- Ser titular de familia numerosa o monoparental; realizar la inscripción del segundo hijo o hija en la oferta de ocio para niños, niñas o ser titular de alguna de las siguientes ayudas, en el momento en el que se realice la solicitud: Renta de Garantía de Ingresos o Ayudas de Emergencia Social.
- Tener a su cargo algún menor de 2 o más años y menos de 12 años (nacido/a entre 01/01/2011 y 31/21/2020.
El importe de la subvención varía según las circunstancias del o la solicitante:
- A las familias numerosas y monoparentales se les abonará el 30 % de la cuota en forma de subvención.
- Aquellas familias que, sin ser numerosas, inscriban a su segundo hijo o hija se les abonará el 30 % de la cuota en forma de subvención, en la segunda inscripción.
- Las familias que perciban alguna ayuda de carácter social (Renta de Garantía de Ingresos, Ayuda de Emergencia Social) se les abonará el 70 % de la cuota en forma de subvención.
Las familias podrán percibir las subvenciones correspondientes a las cuotas de la oferta de ocio de los tres períodos vacacionales (invierno, primavera y verano), garantizando, así, la igualdad de oportunidades de todos los niños y niñas.
Asimismo, estas subvenciones no podrán ser acumulables; en el caso en que se cumpla más de un requisito, se aplicará la que aporte un mayor beneficio.